HN-REDSOL-497560-CS-INDV Consultoría Especializada para el Funcionamiento y Operatividad de la Unidad de Geoestadística y Econometría Espacial de la SEDESOL.
Nivel de experiencia
+2 años
Número de Vacantes
1
Modalidad
Remoto
Género
Indiferente
Vehículo o Licencia
Indiferente
Categoría
Departamento
Francisco Morazán
Tipo de Contrato
Licitación
Rango Salarial
30,000 o más
Fecha max. de Postulación
Correo para aplicar:

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Descripción

REPÚBLICA DE HONDURAS

PROGRAMA DE LA RED SOLIDARIA

PROYECTO DE INTEGRACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS

 

Organismo Ejecutor:El Programa de la Red Solidaria
País:Honduras
Nombre del Proyecto:Proyecto de Integración de la Protección Social
Nombre de la Consultoría

Consultoría Especializada para el Funcionamiento y Operatividad de la Unidad de Geoestadística y Econometría Espacial de la SEDESOL.

Préstamo No.IDA-6918-HN
Proceso No.HN-REDSOL-497560-CS-INDV
Fecha de emisiónViernes 27 de junio de 2025, a partir de las 11:00 a.m.
Fecha límite de consultaLunes 7 de julio de 2025, hasta las 5:00 p.m.
Fecha límite de recepciónViernes 11 de julio de 2025, hasta las 5:00 p.m.
Esta Invitación Incluye

Anexo I- Términos de Referencia 

Anexo II- Fraude y Corrupción

Anexo III- Formato Sugerido de Presentación de Hoja de Vida (CV). 

 

  1. PROPÓSITO DE LA INVITACIÓN

    1. La República de Honduras ha recibido financiamiento del Banco Mundial para financiar parcialmente el costo del Proyecto de Integración de la Protección Social, y se propone utilizar parte de los fondos para efectuar los pagos estipulados en el contrato de “Consultoría Especializada para el Funcionamiento y Operatividad de la Unidad de Geoestadística y Econometría Espacial de la SEDESOL.”. 

       

  2. PRESENTACIÓN DE EXPRESIÓN DE INTERÉS

    1. El Programa de la Red Solidaria invita a los interesados elegibles a presentar su expresión de interés y hoja de vida para la contratación de “Consultoría Especializada para el Funcionamiento y Operatividad de la Unidad de Geoestadística y Econometría Espacial de la SEDESOL.”, presentando para ello la información solicitada en los términos de referencia TDRs adjuntas a este Anuncio Específico de Adquisiciones, 

 

 

 

 

 

  1. NORMATIVA APLICABLE

    1. La normativa aplicable para el proceso de selección es: Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión, del Banco Mundial Quinta Edición septiembre de 2023, 7.36 Métodos de Selección, específicamente “Selección Abierta y Competitiva de Consultores Individuales”.

 

  1. PROCESO DE EVALUACIÓN

    1. El proceso de selección para la contratación se realizará a través de la evaluación de las hojas de vida que realizará una Comisión Evaluadora nombrada para tal fin, abierta a todos los consultores elegibles.

       

  2. SOLICTUD DE INFORMACIÓN

    1. Los interesados elegibles podrán solicitar más información a la siguiente dirección electrónica: [email protected]  y consultar el documento de términos de referencia en el portal de HonduCompras; www.honducompras.gob.hn bajo el expediente: HN-REDSOL-497560-CS-INDV.

 

  1. REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN

    1. La expresión de interés y hoja de vida deberán enviarse en formato PDF a la dirección que se indica más abajo a más tardar el día viernes 11  de julio de 2025, hasta las 5:00 pm, hora oficial en la República de Honduras. Las expresiones de interés y hojas de vida recibidas fuera del plazo establecido serán rechazadas.  Los profesionales interesados en participar deberán enviar y cumplir con lo siguiente: 

6.1.1 Carta de expresión de interés debidamente firmada que indique el número de proceso y cargo. 

6.1.2 Hoja de vida actualizada en el formulario que se adjunta, que describa la    experiencia con las que cuenta el consultor.

 

  1. La dirección a la que se hace referencia más arriba es la siguiente: [email protected]

 

 

Tegucigalpa, M.D.C. 27 de junio de 2025

 

 

 

 

 

Tulio Rivera Cerrato

Coordinador de Adquisiciones y Contrataciones

Programa de la Red Solidaria

Copia: 

Expediente del Proceso 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

Fraude y Corrupción

 

  1. Propósito

    1. Las Directrices Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.
  2. Requisitos

  3. El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes (proponentes / postulantes), consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
  4. A tal fin, el Banco:
  5. Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:

  6. por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte;

  7. por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;

  8. por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte;

  9. por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar;

  10. por “práctica obstructiva” se entiende:

  11. la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o

  12. los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e), que figura a continuación.

  13. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.

  14. Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas, declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos del préstamo participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos. 

  15. Sancionará, conforme a lo establecido en sus Directrices Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, en forma indefinida o por un período determinado, a cualquier empresa o persona, declarándola públicamente inelegible para i) recibir la adjudicación de un contrato financiado por el Banco u obtener beneficios financieros o de otro tipo a través de dicho contrato[1]; ii) ser designada[2] subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado de una empresa habilitada para ser adjudicataria de un contrato financiado por el Banco, y iii) recibir los fondos de un contrato otorgado por el Banco o seguir participando en la preparación o ejecución de un proyecto financiado por este.

e.         Exigirá que en los documentos de Solicitud de Ofertas/SDP y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una Cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, agentes, empleados, consultores, prestadores de servicios o proveedores, permitan al Banco inspeccionar[3] todas las cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este


 


[1]     Para disipar cualquier duda, la inelegibilidad de una parte para recibir la adjudicación de un contrato incluirá, entre otras cosas, (i) solicitar la precalificación, expresar interés en la prestación de servicios de consultoría y presentar ofertas/propuestas, en forma directa o en calidad de subcontratista, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado, en relación con dicho contrato, y (ii) suscribir una enmienda o modificación en la que introduzcan cambios sustanciales a un contrato existente.

[2]        Un subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado (el nombre dependerá del documento de licitación de que se trate) es aquel que (i) figura en la solicitud de precalificación u oferta del Licitante (postulante / proponente) debido a que aporta la experiencia y los conocimientos especializados esenciales que le permiten cumplir los requisitos de calificación para una oferta/propuesta en particular, o (ii) ha sido designado por el Prestador.

[3]        Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es decir, forense). 
Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.

Correo para aplicar: